Se considera que debe definírsele de
forma abreviada:
Universalidad de bienes, derechos y recursos financieros con los que cuenta el estado para cumplir sus atribuciones.
Universalidad de bienes, derechos y recursos financieros con los que cuenta el estado para cumplir sus atribuciones.
Según Fernando Garrido Falla, el
patrimonio estatal es el conjunto de derechos de contenido económico que
pertenece al estado.
Según Jorge Olivera Toro, es el
conjunto de bienes, recursos e inversiones que destina o afecta en forma
permanente a la prestación directa o indirecta de los servicios públicos o a la
realización de su objetivo o finalidades de política social o económica.
a)
Como
elementos del concepto de patrimonio del estado se pueden señalar :
b)
El
titular del patrimonio: el estado, como persona jurídica colectiva.
c)
Integra
dicho patrimonio: cosas, derechos y recursos financieros; es decir, medios de
tipo económico.
d)
Una
finalidad: sus fines pueden ser de naturaleza muy diversas, y están
determinados por la oposición ius filosófica de quien defina: el bien común, el
interés general, la justicia social, la hegemonía de la clase dominante, el
beneficio social, garantizar la libertad individual, cumplir los cometidos o
las atribuciones estatales.
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